miércoles, 28 de octubre de 2009

UNIVERSIDADES E INSTITUTOS UNIVERSITARIOS


instituciones universitarias


CE-ART corporacion centro de estudios artisticos y tecnicos

educacion superior, carreras tecnicas profesionales en diseño, cursoso de extension fotografia, dibujo, pintura, manualidades.

PBX:3146886


CEDINPRO

fundacion de educacion superior
licenciatura en educacion preescolar
calle 63 A No 16-38


CIDCA

carreras tecnicas y tecno logicas
carrera 13 No 60-44 PBX: 3472927
TEINCO
tecnologia industrial colombiana
carreras universitarias por ciclos
calle 42 No 16-86 PBX:2851512
ECCI
escuela colombiana de carreras industriales
TEL: 3537171
FUNDACION UNIVERSITARIA DE CIENCIAS DE LA SALUD
carrera 18 No 8-95
PBX: 3538100
FUNDACION UNIVERSITARIA SAN ALFONSO
filosofia, teologia, comunicacion social, administracion de empresas deportivas
calle 37 No 24-47 PBX2445053
FUNDACION UNIVERSITARIA PANAMERICANA
AV Calle 32 No 17-30 PBX: 3402373
INSTITUCION UNIVERSITARIA IBEROAMERICANA
calle 67 No 5-27 TEL: 2113111
FUNDACION UNIVERSITARIA LOS LIBERTADORES
carrera 16 No 63A 68
TEL: 2544797
UNIVERSIDADES
UNIVERSIDAD AUTONOMA DE COLOMBIA
personeria juridica
PBX: 3343696
calle 13 No 4-31
UNIVERSIDAD CATOLICA DE COLOMBIA
calle 47 No 13-54
UNIVERSIDAD CENTRAL
TEL: 5612193--5612102--3219762--3219763
UNIVERSIDAD DE AMERICA
Av circunvalar No 20-53
UNIVERSIDAD DE BOGOTA JORGE TADEO LOZANO
carrera 4 No 22-61 PBX: 2427030
UNIVERSIDAD DE LA SALLE
sede de chapinero Cr 5 No 59 A 44 tel: 3488000
sede la candelaria Cr 2 No 10-70 tel: 3535360
sede norte Cr 7 No 172-85 tel: 6772699
centro de lenguas Cr 15 No 49-71 tel: 3404300
UNIVERSIDAD COOPERATIVA DE COLOMBIA
AV caracas N 37-69 TEL: 3323565
UNIVERSIDAD DE PAMPLONA BOGOTA
carrera 7 N 32-16
tel:5612310-2871986-2872004-5612312-287992-2871966
UNIVERSIDAD DE SAN BUENA VENTURA
carrera 8 H N 172-20
PBX:6671090
UNIVERSIDAD INCCA DE COLOMBIA
Cra 13 N 24-15 PBX:4442000
UNIVERSIDAD EXTERNADO DE COLOMBIA
admisiones 2843729-018000919281
calle 12 N 1-17 este
UNIVERSIDAD LA GRAN COLOMBIA
cR 6 n 13-40
UNIVERSIDAD LIBRE
sede de la candelaria calle 8 N 5-80
TEL:3821089
UNIVERSIDAD MANUELA BELTRAN
Cr 7 calle 54 N 57-59
UNIVERSIDAD PILOTO DE COLOMBIA
un espacio para la evolucion
carrera 9N 45 A 44
PBX:3322900
UNIVERSIDAD PONTIFICA BOLIVARIANA
AV boyaca N 169 D -75
TEL:6773647
UNIVERSIDAD SANTO TOMAS
cRA 7 N 51 A 13
TEL: 2357838
UNIVERSIDAD SERGIO ARBOLEDA
calle 74 N 14-14
PBX: 3257500


COLEGIOS

COLEGIO ABRAHAN MASLOW
campestre en chia, calendario A
informes : 2138892
admisiones bogota. CARRERA 17 No 112-14

COLEGIO AGUSTINIANO NORTE
confesional catolico jornada unica, calendario A desde preescolar a undecimo- transporte
PBX: 2532923

COLEGIO AGUSTINIANO SUBA
carrera 90 No 146 B-46
TEL 6825940

COLEGIO AMERICANO DE BOGOTA
preescolar, primaria y bachollerato
Cr 22 No 45A-51

COLEGIO BUCARAMANGA
preescolar, primaria
calle 36 No 15-26 TEL: 2455191

COLEGIO CAMBRIDGE
varios institutos y sedes campestres
TEL: 6367028

COLEGIO CASA BOLIVAR
2 o mas grados al año
el mejor colegio por ciclos
carrera 49C No 91-70 TEL: 2182478

COLEGIO COLOMBO AMERICANO
"trabajando juntos por un liderazgo transformador"
mixto calendario A
primaria bachillerato
carrera 73 No 214-56
tel: 6685077

COLEGIO COLOMBO GALES
preescolar 1 y 2 servicio puerta a puerta
calle 125 No 19-89
TEL: 6372398

COLEGIO CRISTIANO EL RENUEVO
preescolar primaria
calle 167 No62-54 TEL:6782796

COLEGIO CRISTIANO SEMILLA DE VIDA
preescolar basica y media
calle 1 F No 31-11
PBX:2774511

COLEGIO DE LOS ANGELES
femenino preescolar, primaria, bachillerato comercial
carrera 4 No 10-42
tel: 3417329

COLEGIO NUESTRA SEÑORA DE CHIQUINQUIRA
femenino preescolar, primaria, bachillerato academico duirno buses
calle 63 No 15-70
TEL:2499992

COLEGIO MAYOR DE LOS ANDES
bilingue calanderario B mixto preescolar primaria y bachillerato
calle 125 No 19-89 TEL: 6372183

COLEGIO MILITAR CALDAS
preescolar, primaria y bachillerato mixto

COLEGIO MONSERRATE
preescolar primaria bachillerato bilingue mixto
Cr 48 No 91-08 TEL: 2571423

COLEGIO PENSAR ANDINO
personalizado, apoyo escolar, terapia preescolar
calle 142No 18 A 07

COLEGIO SAN MATEO
primaria, bachillerato por ciclos 2 grados en un solo año
calle 34 No 15-37 TEL: 2931213

COLEGIO SUPERIOR AMERICANO
preescolar, primaria bachillerato mixto
Cr 71 c No 3A 41 TEL: 2621182

JARDINES

JARDINES
jardin infantil chispitas
carrera 13 A No 104-52 tel 2148940 www.jardininfantilchipitas.com

jardin infantil "DATA SESAMO"
carrera 27B No 53A-46 galerias tel 2126125 www.datasesamo.com

jardin del arco iris preescolar
Cr 12 No. 11-05 sur tel 2805273 www.eljardindelarcoiris.com

gimnasio infantil las villas
Av las villas No 128 B -72 PBX 2266217 WWW.gimnasioinfantillasvillas.edu.co

jardin infantil bilingue
Cr 58 No. 130 A-78 PBX 6245937 www.gimnasiosantanadelnorte.com

jardin infantil caracolito
park way calle 40 No 25-17 tel 2443210 www.jardincaracolito.com

jardin infantil "el osito pelusin"
Cll 45A bis 19-36 tel 2325049 www.elositopelusin.com

jardin infantil el rincon del tercer puente
SEDE 1Cr 22 No 168-87 tel6717290 www.jardininfantilelrincondeltercerpuente.com
SEDE 2Cll 173 A No 67-80 tel 6700731 www.jardininfantilelrincondeltercerpuente.com

jardin infantil jonathan swift
Cr 49 B Nos 106 A - 03/15 tel 6218380 www.colegiojonathanswift.edu.com

jardin los amigos de paulita
Cll 51 No 70-21 tel 2630070 www.jardininfantillosamigosdepaulita.com

jardin infantil "mi dulce encuentro
"Cr 19 A Nos. 63-60/64 tel 2492740

jardin infantil mi pequeño mundo
Calle 131 No 77-04 tel 2267914 www.mipequeñomundo.edu.com

jardin infantil mi trencito
Cr 15 No 18-09 tel 8624028 www.jardinmitrencito.edu.com

jardin infantil nuestro honguito
Calle 5 B No 68F-23 tel 2621150

jardin infantl osito de miel
Cr 80 A BIS No 22D-44/50/56 tel 2951409 www.ositodemiel.com

jardin infantil pequeños encantos
Cll 154 No 19A 29/37/45 tel 2584842 www.pequeñosencantos.net

jardin infantil por un mañana
Cr 66No 173A-35 tel 6714113 www.porunmanana.edu.com

jardin infantil semillitas de amo
rCarrera 18 A No 151-36 tel 2583434 www.jardininfantilsemillitas.com

jardin infantil stanford
Calle 134 A No 16-39 tel 6157434 www.jardininfantilstanford.edu.co

jardin infantil un minuto por crea
rCarrera 13 A No 110-35 tel 2147662 www.unminutoporcrear.com

ministerio de educacion nacional

funciones
1. Formular la política nacional de educación, regular y establecer los criterios y parámetros técnicos cualitativos que contribuyan al mejoramiento del acceso, calidad y equidad de la educación, en todos sus niveles y modalidades.
2. Preparar y proponer los planes de desarrollo del Sector, en especial el Plan Nacional de Desarrollo Educativo, convocando los entes territoriales, las instituciones educativas y la sociedad en general, de manera que se atiendan las necesidades del desarrollo económico y social del país.
3. Dictar las normas para la organización y los criterios pedagógicos y técnicos para las diferentes modalidades de prestación del servicio educativo, que orienten la educación en los niveles de preescolar, básica, media y superior.
4. Asesorar a los Departamentos, Municipios y Distritos en los aspectos relacionados con la educación, de conformidad con los principios de subsidiaridad, en los términos que defina la ley.
5. Impulsar, coordinar y financiar programas nacionales de mejoramiento educativo que se determinen en el Plan Nacional de Desarrollo.
6. Velar por el cumplimiento de la ley y los reglamentos que rigen al sector y sus actividades.
7. Evaluar, en forma permanente, la prestación del servicio educativo y divulgar sus resultados para mantener informada a la comunidad sobre la calidad de la educación.
8. Dirigir la actividad administrativa del Sector y coordinar los programas intersectoriales.
9. Dirigir el Sistema Nacional de Información Educativa y los Sistemas Nacionales de Acreditación y de Evaluación de la Educación.
10. Coordinar todas las acciones educativas del Estado y de quienes presten el servicio público de la educación en todo el territorio nacional, con la colaboración de sus entidades adscritas, de las entidades territoriales y de la comunidad educativa.
11. Apoyar los procesos de autonomía local e institucional, mediante la formulación de lineamientos generales e indicadores para la supervisión y control de la gestión administrativa y pedagógica.
12. Propiciar la participación de los medios de comunicación en los procesos de educación integral permanente.
13. Promover y gestionar la cooperación internacional en todos los aspectos que interesen al Sector, de conformidad con los lineamientos del Ministerio de Relaciones Exteriores.
14. Suspender la capacidad legal de las autoridades territoriales para la administración del servicio público educativo y designar de forma temporal un administrador especial de acuerdo con lo establecido en el artículo 30 de la ley 715 de 2001.
15. Dirigir el proceso de evaluación de la calidad de la educación superior para su funcionamiento.
16. Formular la política y adelantar los procesos de convalidación de títulos otorgados por Instituciones de Educación Superior extranjeras.
17. Formular políticas para el fomento de la Educación Superior.
18. Las demás que le sean asignadas.
Funciones;Plan Nacional de Desarrollo Educativo; preescolar,media y superior;Ministerio de Relaciones Exteriores, men,

educacion en colombia

Educación formal

La educación formal en Colombia se conforma por los niveles de educación preescolar, educación básica, educación media y educación superior. La escolaridad normal incluye la educación básica y la educación media, la cual consta en total de 11 años.
A nivel de educación en preescolar, básica y media, la atención por entidades estatales se comparte en un 50% para cada una. En los niveles profesionales, la atención la hace fundamentalmente la educación privada. Debido a que la atención del estado en la educación no cubre satisfactoriamente todas las necesidades del país nacen propuestas que propenden por la creación de recursos que sean aprovechables por todos, y que puedan construirse de forma colaborativa.

Educación Preescolar
Hay jardines-hoteles, generalmente privados, que reciben a bebés de menos de un año de edad, y existen hogares comunitarios que atienden desde esta etapa a los estudiantes. Estos hogares son generalmente subvencionados por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.
Se caracteriza esta educación en las ciudades porque los niños tienen su primer contacto de socialización hasta que aprenden a leer y escribir. Momento en el cual pueden ser atendidos por la educación básica.
Los dos últimos años de preescolar se denominan, usualmente, kinder (a los 3 o 4 años) y transición (a los 4 o 5 años). En muchas instituciones, principalmente en todas las privadas, se espera que el niño aprenda a leer y escribir (en español) en la etapa de transición, previa al primer año de la educación básica primaria.

Educación básica primaria
Consta de cinco grados, cada uno de un año de duración, nombrados de primero a quinto grado.
Anualmente se ha venido promoviendo la aprobación por decreto 230 de 2002,el cual indica que máximo el 5% de los estudiantes de una institución pueden reprobar el año, lo que ha incidido en un decaimiento de la calidad de la educación. La motivación para hacer la promoción automática es que un estudiante no debe tardar más años de los presupuestados, porque es costoso para el país, y públicamente se indica que la pérdida de un año va en contra de la autoestima de los estudiantes.
Al finalizar esta etapa de estudios se pretende que el estudiante tenga las competencias básicas para desenvolverse en un mundo laboral en el cual tiene los estándares mínimos para desempeñarse en un cargo que no exija mayores habilidades y conocimientos.

Educación secundaria
Consta de seis años divididos en educación básica secundaria y educación media vocacional.
La educación básica secundaria consta de cuatro grados, cada uno de un año de duración, nombrados de sexto a noveno grado. La educación media vocacional consta de dos grados: décimo y undécimo.
En los grados de la educación media vocacional se pretende que el estudiante elija de acuerdo a sus habilidades y preferencias la opción en la cual desea profundizar sus estudios. En general pocos colegios ofrecen una real oportunidad para que sus estudiantes se desempeñen en el mundo laboral con ventajas competitivas sobre otros estudiantes y usualmente sólo los estudiantes que tienen recursos económicos suficientes continúan sus estudios universitarios, aunque también existen préstamos estatales como los que ofrece el , y prestamos de organizaciones privadas.
Para acceder a la educación universitaria se aplican pruebas de estado por parte del Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior - ICFES.
Colombia cuenta con colegios militares de las diferentes fuerzas armadas (Ejército, Fuerza Aérea y Armada), donde los estudiantes (tanto hombres como mujeres) pueden prestar su servicio militar durante los tres últimos años de colegio, obtener el diploma de bachillerato y su libreta militar de primera clase. La instrucción militar se divide así:
Fase Preliminar (Grado Noveno): No requiere armamento, con énfasis en materias que proenden un buen desarrollo armónico y formativo.
Fase Primera (Grado Décimo): Esta encaminada a capacitar a los estudiantes como combatientes individuales. Se adelantará por los estudiantes que hubieren aprobado la fase Preliminar y el grado Noveno.
Fase Segunda (Grado Undécimo): Comprende la instrucción de pequeñas unidades y está encaminada a capacitar a los estudiantes como miembros de escuadra, pelotón y unidad fundamental, en caso de requerirse como reserva nacional para el país. Se adelantará por los estudiantes que hubieren aprovado las dos fases y grados anteriores.

Educación universitaria
Esta educación impartida en universidades y otras instituciones de educación superior. Se divide en varios niveles, distribuidos entre pregrado y postgrado.
La Educación Superior esta reglamentada por Ley 30 de 1992.
A nivel de pregrado se encuentran las carreras profesionales, usualmente de 5 años, las licenciaturas, que suelen tomar 4 años, y las carreras técnicas Y tecnológicas que tienen una duración media entre 2 y 3 años.
A nivel de postgrado se reconocen las especializaciones, las maestrías y los doctorados. Hay adicionalmente una serie de diplomados, seminarios y otros cursos de educación continua y educación para el trabajo y el desarrollo humano que, en pocas semanas o meses permiten al profesional conocer nuevas técnicas o mantenerse actualizado.
La educación para optar por un título de maestría y especialización va enfocada a potenciar habilidades de gestión y profundización y actualización encaminadas a garantizar el crecimiento del sector productivo. Es usual que en los cargos altos de las organizaciones se exija este tipo de títulos de acuerdo al perfil organizacional.
Finalmente está el nivel de doctorado, que pocas universidades están acreditadas para ofrecer, y el cual busca la formación de investigadores y la creación de conocimiento nuevo. Generalmente los doctorados están por fuera de los niveles de inversión que las empresas pueden pagar, y se emplean en los centros educativos para impulsar el avance de la ciencia.
Educación para el trabajo y el desarrollo humano y educación informal
La educación para el trabajo y el desarrollo humano y la educación informal están regidos en Colombia por la ley 1064 de 2006 que la titula educación para el trabajo y el desarrollo humano. Está regulada por el Ministerio de Educación Nacional y tiene carácter de educación continua conforme al decreto 2020 de 2006. Se reglamenta por medio del Decreto 2888 de 2007.
Se considera educación informal toda aquellas actividades que representen algún tipo de estudios o entrenamiento, pero que no conducen a ningún tipo de grado. Esto incluye el entrenamiento a sus empleados que ocurre al interior de las empresas. También hay educación para el Trabajo ofrecida generalmente por instituciones privadas, conducentes a títulos en experticias que tratan de niveles técnicos en áreas específicas y que se enfocan principalmente a la capacitación para generar formas de subsistencia de primera mano. La Ley permite que un egresado pueda terminar sus estudios en una entidad de Educación para el Trabajo y Desarrollo Humano, debidamente certificada, y poder hacer reconocer sus saberes en la Educación Superior.
La educación para el trabajo y el desarrollo humano es ofrecida por instituciones oficiales y privadas como el SENA, el CESDE, la Corporación Politécnico de Cundinamarca, la Academia Nacional de Aprendizaje (ANDAP) o el INCAP entre otros. Los programas cursados son conducentes a títulos en niveles técnicos y en áreas específicas y que se enfocan principalmente a la capacitación para generar expertos en áres puntuales de las diferentes actividades laborales según la clasificación nacional de ocupaciones.
La principal agremiación de instituciones de educación para el trabajo y el desarrollo humano es ASENOF, la cual ha sido gran artífice de reformas de educación para el trabajo, como la ley 1064 de 2006.
El decreto 2888 de julio 31 de 2007, reglamenta la creación, organización y funcionamiento de las instituciones que ofrecen el servicio educativo para el trabajo y el desarrollo humano, establece los requisitos básicos para el funcionamiento de estos programas y dicta otras disposiciones.

programas y proyectos

Programa Nacional de Alfabetización y Educación Básica de Jóvenes y Adultos
Proyecto de Alfabetización que contempla beneficiar 430.000 colombianos iletrados recurriendo a modelos pedagógicos especializados en la educación de adultos.

Programa de Educación Continuada de CAFAM
Programa de Caja de Compensación Familiar para jóvenes y adultos que propone la educación como una estrategia para el desarrollo humano como base para el desarrollo social y económico.
Reformas educativas

Proyecto de Modernización de las Secretarías de Educación
El Proyecto tiene el objetivo de ayudar a consolidar los procesos de reorganización y fortalecimiento de las Secretarías, para que amplíen su capacidad de apoyo a las instituciones educativas a su cargo y logren cumplir las metas fijadas por los tres ejes de la Revolución Educativa: Cobertura, Calidad y Eficiencia.
Calidad de la enseñanza

Proyecto Educación compromiso de Todos – ECT
Educación, compromiso de todos, es una iniciativa de las Fundaciones Corona, Restrepo Barco, Unicef, la Corporación Región y Plan Internacional que busca contribuir a la garantía de la educación como derecho humano en condiciones de equidad, igualdad y calidad, desde la familia, la sociedad y el Estado.
Condición y profesión docente

Expedición Pedagógica
La Expedición Pedagógica es una movilización social por la educación, realizada por maestros, profesores e investigadores, quienes a la manera de expedicionarios, viajan por las escuelas, colegios, instituciones formadoras, pueblos y ciudades, propiciando encuentros e intercambios con los actores del proceso educativo para explorar, reconocer y potenciar la riqueza y la diversidad pedagógica existente en la educación colombiana.
Atención a la primer infancia

Hogares Comunitarios de Bienestar – HCB
Los Hogares Comunitarios de Bienestar Grupales son espacios de socialización para niños de 6 meses hasta menores de 6 años, donde se atienden en una misma planta física, a los niños usuarios de 2 a 5 Hogares Comunitarios de Bienestar Familiares.

Programa de Apoyo a la Primer Infancia
El objetivo del Programa es contribuir al diseño y la redefinición de la política de Primera Infancia en Colombia, a través de un proceso conjunto gobierno-sociedad civil y comunidad internacional, orientado a mejorar las condiciones de vida de la Primera Infancia colombiana.
Educación y nuevas tecnologías

Colombia Aprende: La Red del Conocimiento
Programa del Ministerio de Educación de Colombia que contiene recursos educativos para estudiantes, docentes, padres de familia e investigadores.

Computadores para Educar
El Programa Computadores para Educar es un esfuerzo conjunto entre el gobierno nacional y la empresa privada, cuyo objetivo es recolectar los computadores que las organizaciones colombianas ya no utilizan, para ser reacondicionados y entregados sin costo a colegios y escuelas públicas de todas las regiones de Colombia, con el fin de ser aprovechados en actividades educativas.

lunes, 26 de octubre de 2009

ley de educacion

ley 115 de 1994
TITULO 1
disposiciones preliminares
ARTICULO1 Objeto de la ley
La educación es un proceso de formación permanente, personal, cultural y social que se fundamenta en una concepción integral de la persona humana, de su dignidad, de sus derechos, y de sus deberes.
La presente Ley señala las normas generales para regular el Servicio Público de la Educación que cumple una función social acorde con las necesidades e intereses de la personas, de la familia y de la sociedad. Se fundamenta en los principios de la Constitución Política sobre el derecho a la educación que tiene toda persona, en las libertades de enseñanza, aprendizaje, investigación y cátedra y en su carácter de servicio público.
De conformidad con el artículo 67 de la Constitución Política, se define y desarrolla la organización y la prestación de la educación formal en sus niveles preescolar, básica (primaria y secundaria) y media, no formal e informal, dirigida a niños y jóvenes en edad escolar, a adultos, a campesinos, a grupos étnicos, a personas con limitaciones físicas, sensoriales y psíquicas, con capacidades excepcionales, y apersonas que requieran rehabilitación social.
La educación Superior es regulada por la ley especial, excepto lo dispuesto en la presente Ley.
ARTICULO 5 Fines de la educacion
1.
El pleno desarrollo de la personalidad sin más limitaciones que las que le ponen los derechos de los demás y el orden jurídico, dentro de un proceso de formación integral, física, psíquica, intelectual, moral, espiritual, social, afectiva, ética, cívica y demás valores humanos.
2.
La formación en el respeto a la vida y a los demás derechos humanos, a la paz, a los principios democráticos, de convivencia, pluralismo, justicia, solidaridad y equidad., así como en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad.
3.
La formación para facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación.
4.

La formación en el respeto a la autoridad legítima y a la ley, a la cultura nacional, a la historia colombiana y a los símbolos patrios.
5.
La adquisición y generación de los conocimientos científicos y técnicos más avanzados, humanísticos, históricos, sociales, geográficos, y estéticos, mediante la apropiación de hábitos intelectuales, adecuados para el desarrollo del saber
6.
El estudio y la comprensión crítica de la cultura nacional, y de la diversidad étnica y cultural del país, como fundamento de la unidad nacional y de su identidad
7.
El acceso al conocimiento, la ciencia, la técnica y demás bienes y valores de la cultura, el fomento de la investigación y el estímulo a la creación artística en sus diferentes manifestaciones
8.
La creación y el fomento de una conciencia de la soberanía nacional y para la práctica de la solidaridad y la integración con el mundo, en especial con Latinoamérica y el caribe.
9.

El desarrollo de la capacidad crítica, reflexiva y analítica que fortalezca el avance científico, y tecnológico nacional, orientado con prioridad al mejoramiento cultural, y de la calidad de la vida de la población, a la participación en la búsqueda de alternativas de solución a los problemas y al progreso social y económico del país.
10.
La adquisición de una conciencia para la conservación, protección y mejoramiento del medio ambiente, de la calidad de la vida, del uso racional de los recursos naturales, de la prevención de desastres, dentro de una cultura ecológica y del riesgo y de la defensa del patrimonio cultural de la nación.
11.
La formación de la práctica del trabajo, mediante los conocimientos técnicos y habilidades, así como en la valoración del mismo como fundamento del desarrollo individual y social.
12. La formación para la promoción y preservación de la salud y la higiene, la prevención integral de problemas socialmente relevantes, la educación física, la recreación el deporte y la utilización del tiempo libre
13.
La promoción en la persona y en la sociedad de la capacidad para crear, investigar, adoptar la tecnología que se requiere en los procesos de desarrollo del país y le permita al educando ingresar al sector productivo.
ARTICULO 6 Comunidad educativa
De acuerdo con el artículo 68 de la Constitución política, la comunidad educativa participará en la dirección de los establecimientos educativos, en los términos de la presente Ley.
La comunidad educativa está conformada por los estudiantes o educandos, educadores, padres de familia o acudientes de los estudiantes, egresados, directivos docentes, y administradores escolares. Todos ellos, según competencia, participarán en el diseño ejecución y evaluación del proyecto Educativo Institucional y en la buena marcha del respectivo establecimiento educativo.
ARTICULO 14 Enseñanza obligatoria
En todos los establecimientos oficiales o privados que ofrezcan educación formal es obligatorio en los niveles de la educación preescolar, básica y media, cumplir con:
El estudio, la comprensión y la práctica de la Constitución y la instrucción cívica, de conformidad con el artículo 41 de la Constitución Política;
El aprovechamiento del tiempo libre, el fomento de las diversas culturas, la práctica de la educación física, la recreación y el deporte formativo, para lo cual el Gobierno promoverá y estimulará su difusión y desarrollo.
La enseñanza de la protección del ambiente, la ecología y la preservación de los recursos naturales, de conformidad con lo establecido en el artículo 67 de la Constitución Política.
La educación para la justicia, la paz, la democracia, la solidaridad, la confraternidad, el cooperativismo y, en general, la formación de los valores humanos.
La educación sexual, impartida en cada caso de acuerdo con la necesidades psíquicas y afectivas de los educandos según su edad.

SECCION TERCERA
Educacion basica

ARTICULO 20o. Objetivos generales de la educación básica. Son objetivos generales de la educación básica:
Propiciar una formación, general mediante el acceso, de manera crítica y creativa, al conocimiento científico, tecnológico, artístico y humanístico y de sus relaciones con la vida social y con la naturaleza, de manera tal que prepare al educando para los niveles superiores del proceso educativo y para su vinculación de la sociedad y el trabajo;
Desarrollar la habilidades comunicativas para leer, comprender, escribir, escuchar, hablar y expresarse correctamente.
Ampliar y profundizar en el razonamiento lógico y analítico para la interpretación y solución de los problemas de la ciencia, la tecnología y de la vida cotidiana.
Propiciar el conocimiento y comprensión de la realidad nacional para consolidar los valores propios de la nacionalidad colombiana tales como la solidaridad, la tolerancia, la democracia, la justicia, la convivencia social, la cooperación y la ayuda mutua;
Fomentar el interés y el desarrollo de actitudes hacia la práctica investigativa, y
Propiciar la formación social, moral y demás valores del desarrollo humano.
ARTICULO 21o. Objetivos específicos de la educación básica en el ciclo de primaria. Los cinco (5) primeros grados de la educación básica que constituyen el ciclo de primaria, tendrán como objetivos específicos los siguiente:
La formación de los valores fundamentales para la convivencia en una sociedad democrática, participativa y pluralista;
El fomento del deseo de saber, de la iniciativa personal frente al conocimiento y frente a la realidad social, así como del espíritu crítico;
El desarrollo de las habilidades comunicativas básicas para leer, comprender, escribir, escuchar, hablar y expresarse correctamente en lengua castellana y también en la lengua materna, en le caso de los grupos étnicos con tradición lingüística propia, así como el fomento de la afición por la lectura.
El desarrollo de la capacidad para apreciar y utilizar la lengua como medio de expresión estética;
El desarrollo de los conocimientos matemáticos necesarios para manejar y utilizar operaciones simples de cálculo y procedimientos lógicos elementales en diferentes situaciones, así como la capacidad para solucionar problemas que impliquen estos conocimientos;
La comprensión básicas del medio físico, social y cultural en el nivel local, nacional y universal, de acuerdo con el desarrollo intelectual correspondiente a la edad;
La asimilación de conceptos científicos en las áreas de conocimientos que sean objeto de estudio, de acuerdo con el desarrollo intelectual y la edad;
La valoración de la higiene y salud del propio cuerpo y la formación para la protección de la naturaleza y el ambiente;
El conocimiento y ejercitación del propio cuerpo, mediante la práctica de la educación física, la recreación y los deportes adecuados a su edad y conducentes a un desarrollo físico y armónico;
La formación para la participación y organización infantil y la utilización adecuada del tiempo libre;
El desarrollo de valores civiles, éticos y morales, de organización social y de convivencia humana;
La formación artística mediante la expresión corporal, la representación, la música, la plástica y la literatura;
La adquisición de elementos de conversación y de lectura al menos en una lengua extranjera;
La iniciación en el conocimiento de la Constitución política y
La adquisición de habilidades para desempeñarse con autonomía en la sociedad.

SECCION CUARTA
Educacion media

ARTICULO 31o. Areas fundamentales de la educación media académica.
Para el logro de los objetivos de la educación media académica serán obligatorias y fundamentales las mismas áreas de la educación básica en un nivel más avanzado, además de las ciencias económicas, políticas y la filosofía.
ARTICULO 33o. Objetivos específicos de la educación media técnica. Son objetivos específicos de la educación media técnica:
La capacitación básica inicial para el trabajo;
La preparación para vincularse al sector productivo y a las posibilidades de formación que éste ofrece.
La formación adecuada a los objetivos de educación media académica, que permita al educando el ingreso a la educación superior.

TITULO IV
Organización para la prestación del servicio educativo

CAPITULO II
Currículo y Plan de Estudios

ARTICULO 77o. Autonomía escolar.
Dentro de los límites fijados por la presente ley y el proyecto educativo institucional, las instituciones de educación formal gozan de autonomía para organizar la áreas fundamentales de conocimientos definidas para cada nivel, introducir asignaturas optativas dentro de las áreas establecidas en la ley, adaptar algunas áreas a las necesidades y características regionales, adoptar métodos de enseñanza y organizar actividades formativas culturales y deportivas dentro de los lineamientos que establezca el Ministerio de Educación Nacional.
TITULO V
De los educandos

CAPITULO I
Formación y capacitación

ARTICULO 91º. El alumno o educando.
El alumno o educando es el centro del proceso educativo y debe participar activamente en su propia formación integral. El Proyecto educativo Institucional reconocer este carácter.
ARTICULO 92º. Formación del educando.
La educación debe favorecer el pleno desarrollo de la personalidad del educando, dar acceso a la cultura, al logro del conocimiento científico y técnico y a la formación de valores éticos, estéticos, morales, ciudadanos y religiosos, que le faciliten la realización de una actividad útil para el desarrollo socioeconómico del país.
Los establecimientos educativos incorporarán en el Proyecto educativo Institucional acciones pedagógicas para favorecer el desarrollo equilibrado y armónico de las habilidades de los educandos, en especial las capacidades para la toma de decisiones, la adquisición de criterios, el trabajo en equipo, la administración eficiente del tiempo, la asunción de responsabilidades, la solución de conflictos y problemas y las habilidades para la comunicación, la negociación y la participación.
ARTICULO 93º. Representante de los estudiantes.
En los consejos directivos de los establecimientos de educación básica y media del estado habrá un representante de los estudiantes de los (3) últimos grados, escogido por ellos mismo, de acuerdo con el reglamento de cada institución.
Los mecanismos de representación y la participación de los estudiantes en los establecimientos educativos privados se regirán por lo dispuesto en el artículo 142 de esta Ley.
ARTICULO 94º. Personero de los estudiantes.
En todos los establecimientos de educación básica y de educación media y en cada año lectivo, los estudiantes elegirán a un alumno del último grado que ofrezca el establecimiento, para que actúe como personero de los estudiantes y promotor de sus derechos y deberes.
El personero de los estudiantes tendrá las siguientes funciones:
Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes como miembros de la comunidad educativa, y
Presentar ante el rector del establecimiento las solicitudes que considere necesarias para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes.
ARTICULO 95º. Matrícula.
La matrícula es el acto que formaliza la vinculación del educando del servicio educativo. Se realizará por una sola vez, al ingresar el alumno a un establecimiento educativo, pudiéndose establecer renovaciones para cada período académico.
ARTICULO 96º. Permanencia en el establecimiento educativo.
El reglamento interno de la institución educativa establecerá las condiciones de permanencia del alumno en el plantel y el procedimiento en casos de exclusión.
La reprobación por primera vez de un determinado grado por parte del alumno, no será causal de exclusión del respectivo establecimiento, cuando no este asociada a otra causal expresamente contemplada en el reglamento institucional o manual de convivencia.
ARTICULO 97º. Servicio social obligatorio.
Los estudiantes de educación media prestarán un servicio social obligatorio durante los dos (2) grados de estudio. De acuerdo con la reglamentación que expida el Gobierno Nacional.

CAPITULO II
Beneficios Estudiantiles

ARTICULO 98º. Carné estudiantil.
El servicio público educativo deberá facilitar a los estudiantes la asistencia y su participación en eventos de carácter científico, cultural, artístico, deportivo y recreativo. La forma de facilitar este acceso y los beneficios especiales para tal efecto serán reglamentados por el Gobierno nacional.
Las entidades oficiales, y las privadas que así lo establezcan, otorgarán descuentos en las tarifas de precios o tasas de servicios culturales, artístico, de transporte y de recreación a los estudiantes de la educación formal. Para tal efecto los estudiantes acreditarán su condición con el carné estudiantil que expedirá el respectivo establecimiento educativo.

ARTICULO 99º. Puntajes altos en los exámenes de estado.
A los cincuenta (50) estudiantes del último grado de educación media que anualmente obtengan los más altos puntajes en los exámenes de Estado realizados por el Instituto Colombiano para el Fomento de la educación Superior, ICFES , se les garantizará el ingreso a programas de educación superior en instituciones del Estado. De igual beneficio gozarán los estudiantes de último grado de educación media que ocupen los dos primeros lugares en cada uno de los departamentos, según las mismas pruebas.
De todos éstos, quienes comprueben escasos recursos económicos serán, además, beneficiarios de subsidios educativos especiales, otorgados por la Nación.
ARTICULO 100º. Seguro de salud estudiantil.
Los estudiantes que no se hallen amparados por algún sistema de seguridad social, en todos los niveles de la educación formal, estarán protegidos por un seguro colectivo que ampare su estado físico, en caso de accidente.
El Gobierno Nacional reglamentará lo relacionado con la gradualidad en los aportes correspondientes y presentará un plan para lograr la paulatina cobertura.
ARTICULO 101º. Premio al rendimiento estudiantil.
Los estudiantes de las instituciones educativas estatales que obtengan en cada grado los dos primeros lugares en rendimiento académico, serán exonerados del pago de matrículas y pensiones correspondiente al siguiente grado.
ARTICULO 102º. Textos y materiales educativos.
El Gobierno Nacional a partir de 1995, destinará anualmente para textos y materiales o equipos educativos para uso de los estudiantes de las instituciones educativas del estado o contratadas por éste, un monto no menor a la cantidad resultante que resulte de multiplicar el equivalente a un salario mínimo legal mensual, por el número total de los educadores oficiales.
Estos recurso serán administrados por el fondo de Inversión Social , FIS por el sistema de cofinanciación con las entidades territoriales a cuyo cargo esté la prestación del servicio público educativo, de conformidad con el reglamento que para el efecto expida el Gobierno Nacional.
Los textos escolares que adquieran, deberán ser definidos de acuerdo con el Proyecto Educativo Institucional y harán parte de la biblioteca del respectivo establecimiento.
ARTICULO 103º. Otorgamiento de subsidios y créditos.
El estado creará subsidios y créditos a la demanda educativa para ser otorgados a las familias de menores ingresos económicos, destinados al pago de los gastos escolares de los educandos tales como matrícula, pensiones, uniformes, transporte, textos y materiales educativos, que aquéllas efectúen en establecimientos educativos estatales o privados.

TITULO VII
De los Establecimientos educativos

CAPITULO I
Definición de características

ARTICULO 139º. Organizaciones en la institución educativa.
En cada establecimiento educativo se promoverá por parte del Consejo Directivo la organización de asociaciones de padres de familia y de estudiantes vinculados a la respectiva institución educativa que dinamicen el proceso educativo institucional.
CAPITULO II
Gobierno escolar

ARTICULO 142º. Conformación del gobierno escolar.
Cada establecimiento educativo del estado tendrá un gobierno escolar conformado por el rector, el Consejo Directivo y el Consejo Académico.
Las instituciones educativas privadas establecerán en su reglamento, un gobierno escolar para la participación de la comunidad educativa a la que hace referencia el artículo 68 de la Constitución Política. En el gobierno escolar serán consideradas las iniciativas de los estudiantes, de los educadores, de los administradores y de los padres de familia en aspectos tales como la adopción y verificación del reglamento escolar, la organización de las actividades sociales, deportivas, culturales, artísticas y comunitarias, la conformación de organizaciones juveniles y demás acciones que redunden en la práctica de la participación democrática en la vida escolar.
Los voceros de los estamentos constitutivos de la comunidad educativa, podrán presentar sugerencias para la forma de decisiones de carácter financiero, administrativo y técnico-pedagógico.
Tanto en las instituciones educativas públicas como privadas, la comunidad educativa debe ser informada para permitir una participación seria y responsable en la dirección de las mismas.